El Ministerio de Empleo y Seguridad ha publicado el nuevo folleto informativo donde se establecen los requisitos básicos para acceder al denominado "paro para autónomos".
Los requisitos a cumplir para tener derecho son:
1.- Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
2.- Tener cubierta la contingencia por cese de actividad.
3.- Haber cotizado durante, al menos, doce meses
4.- El cese en la actividad debe estar justificado
5.- No haber alcanzado la edad de jubilación
6.- No incurrir en incompatibilidades.
Cómo solicitarlo
Se debe presentar una solicitud ante la Mutua en la que el trabajador autónomo tenga concertada la cobertura de la contingencia por cese de actividad o ante el SEPE. La solicitud debe presentarse antes del último día laborales del mes siguiente del hecho causante, es decir, que se produjo el cese de la actividad.
Duración
Si se tienen cotizados 12 a 17 meses, la prestación durará 2 meses.
De tener cotizados entre 18 y 23 meses, la prestación será de 3 meses para los menores de 60 y de 4 para los mayores de 60.
Si se tiene cotizados de 24 meses a 29, el paro durará 4 meses para los menores de 60 y 6 meses para los mayores.
Entre los 30 y 35 meses cotizados, la prestación se prolongará 5 meses en los menores de 60 y en 8 para los mayores.
En caso de tener cotizados de 36 a 42 meses el paro durará 6 meses y 10 meses para los mayores
De 43 a 47 meses cotizados, la prestación se prolongará 8 meses para los menores de 60 y 12 para los mayores.
Finalmente, en caso de tener cotizados 48 meses la prestación máxima para todos será de 12 meses.
Cuantía
La prestación será el 70% de la base reguladora, que se calcula con el promedio de los 12 últimos meses cotizados por el trabajador. La cuantía máxima será del 175% del IPREM, salvo cuando el trabajador tenga uno o varios hijos. En ese caso el porcentaje sería de hasta un 225%.
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